miércoles, 17 de diciembre de 2008

Reformar el reglamento de concursos el 22 de diciembre?

Hace menos de un mes, se discutió en los Departamentos una propuesta de reforma del Reglamento de Concursos de Docentes Auxiliares propuesta por el oficialismo de la FCEyN (ADU, Mayoría de Profesores). Esta propuesta fue mayoritariamente objetada por los Departamentos, y rechazada en la ultima sesion de Consejo Directivo.

El jueves pasado en la reunión de la Comisión de Concursos, ADU insistió con introducir parte de las modificaciones al Reglamento de Concursos contenidas en su proyecto original y no incluidas en la consulta a los CoDeps (ver abajo del mensaje). Además de no consultar esta vez a los Departamentos, quiere aprobar estas reformas en la ultima sesión de Consejo Directivo del año.

La AGD considera que una reforma tan importante al régimen laboral de los docentes auxiliares no puede hacerse a las apuradas, sin una amplia discusión en los Departamentos Docentes y un 22 de diciembre en la última sesión del año.

Por esta razón convocamos a todos los docentes a asistir a la Comisión de Concursos este jueves 18 de diciembre a las 17 hs en el salón de Consejo Directivo.

AGD-FCEyN

Afiliate y participá del unico gremio que defiende consecuentemente los derechos de los docentes de la UBA

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Modificaciones textuales a votarse el 22/12/08:

ARTICULO 2º

Los concursos para todas las categorías de docentes auxiliares con dedicación parcial serán por grupo de asignaturas o áreas departamentales, según las necesidades del departamento docente respectivo. En el caso de dedicación exclusiva o semiexclusiva se determinará también el campo de investigación. Cada departamento elevará la nómina de grupos de asignaturas, areas y campos de investigación, indicando el número, la categoría y la dedicación de los cargos que se concursaran en cada caso.

Articulo 27º BIS 4

El Jurado podrá establecer una entrevista personal con los postulantes del concurso. La fecha y la modalidad de la misma deberán ser notificadas a los postulantes utilizando los mismos medios que se utilizan para difundir la modalidad de la Prueba de Oposición. En la entrevista personal, el Jurado podrá preguntar a los postulantes sobre los aspectos de su actividad académica que considere pertinente. Los elementos de juicio que el Jurado reúna durante el desarrollo de la entrevista personal podrán ser utilizados para clarificar sus puntos de vista y podrán ser volcados en la elaboración de los puntajes asignados a los aspirantes en los items de la tabla de puntajes establecidos en el Articulo 29º.

ARTICULO 27º y 27 BIS 2

En ningún caso se computará como antecedente científico el mero ejercicio de un cargo actual o anterior que suponga actividades de investigación sino la actividad científica generada a partir de su desempeño.

En ningún caso el jurado podrá considerar como mérito la mera antigüedad en el ejercicio de la profesión o la acumulación de antecedentes laborales extra académicos de valor escaso o nulo.