(La inspección tuvo lugar entre el 10 y el 19 de marzo de 2004. Las actas fueron difundidas por correo electrónico por AGD-Exactas el 26 de marzo de 2004)Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
ACTA Nº 0472/1/2-473/1/2-561/1/2
ACTA DE FISCALIZACIÓN
| TERRITORIOS DE JURISDICCION NACIONAL |
| T.I. 5483/03 | LUGAR Y FECHA: C.A.B.A., 10/03/04 |
| REFERENCIAS ACTAS N 0316-0317-0318 de fecha 23/09/03 |
| EMPRESA INSPECCIONADA UBA FAC. DE CIENCIAS EXACTAS PABELLON 2 |
| ART PROVINCIA |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL ENSEÑANZA E INVESTIGACION |
| SERVICIO DE HIG. Y SEG. LIC. HUGO RUEDA | REGISTRO N NO ACREDITA |
| ATENDIDO POR LIC. HUGO RUEDA | EN SU CARÁCTER DE RESP. SERV. HIG. Y SEG. |
| PERSONAL OCUPADO ADMINISTRACION 500 | PRODUCCION 1500 | TOTAL 2000 |
Fiscalización: Se recorrieron por segunda oportunidad las instalaciones del pabellón 2 a saber: A) Subsuelo: calderas; taller de mantenimiento, herrería, electrónica, carpintería; recinto de transformadores, sala de ventilación y calefacción; suministros y droguero. Como así también taller de pintura. B) Tercer piso: sala de ventilación y calefacción, droguero de química orgánica y laboratorio. C) Cuarto piso: droguero de toxicología y también laboratorio de genética bacteriana. D) Terraza: sala de maquinas de ascensores y también sistema de extracción forzada y ventilación de campanas de laboratorios. Observándose lo siguiente.
- A la fecha no se acreditaron las pruebas y /o ensayos que certifiquen el buen uso, estado y conservación de las calderas y de los pulmones de acumulación de aire comprimido Art. 138,141 Cáp.16 anexo t dto. 351/79 y Art. 9 inc. 10 Ley 19587.
- Se acredita informe mineralógico con presencia de (ortoanfibol) el cual no se halla indicado con esa denominación en la Res. 577/91.
- Se acredita informe de ensayo del INTI sobre parte de los transformadores y capacitores cuya fotocopia se entrega en el acto. Así mismo no se han arbitrado a la fecha las medidas tendientes al almacenamiento de los capacitores con perdida y/o elementos contaminados. Res. DNHST 369/91.
- No se han protegido los accionamientos mecánicos de correas de ventiladores, manchones de acoplamiento de bombas, correas de máquinas y herramientas (amoladoras, torno, limadora; compresores) Art. 103 a 107 Cáp.15 anexo1 dto 351/79.
- Carencia de protecciones contra contactos eléctricos directos e indirectos, incluyendo registros de mediciones de valores de resistencia de puesta a tierra de las masas que garanticen resultado dentro del umbral limite de tensión y verificación de la continuidad del circuito Art. 95,96 Cáp.14 anexo 1 y punto 3.1 y 33.1 anexo VI dto. 351/79. Art. 9 inc_b Ley 19587.
- No se han acreditado 54/05 Registros de acciones la identidad de los jefes y/o lideres de pisos o sectores, áreas abarcadas, procedimientos ante la evacuación diagramas sectoriales con identificación de salidas de emergencia, lugares de encuentro del personal evacuado. Solo se exhibe un documento en el cual se indican los tiempos de evacuación a raíz de una amenaza de bomba. Art. 145 cap. 17, art. 160 cap.18 anexo I dto.351/79. El documento indicado, menciona los sectores involucrados en dicho ejercicio.
- Los certificados de análisis de contaminantes en aire incorporados al tramite interno, correspondientes solo a jardín maternal; pasillo de 4º piso, droguero de química orgánica y terraza-extractor droguero carecen de datos como tiempo y frecuencia de exposición presión, etc. Art 61 cap. 9 y 67 cap. II anexo I y II dto. 351/79.
- Se entrego fotocopia de determinaciones de control de velocidad de flujo en boca de aspiración del extractor del droguero de química orgánica la cual se adjunta al tramite interno. Así mismo se exhibió una planilla con determinaciones puntuales de velocidad de aire para algunas campanas de laboratorio. Así mismo no se acredito documentación que avale la no existencia de difusión de contaminantes en los conductos al exterior de dichas campanas u otros sectoriales del pabellón Art. 64 al 70 Cáp. anexo I dto. 351/79 y Art. 8a y 9ª ley 19587.
- Falta estanterías incombustibles y reposición de las metálicas dañadas y/o apuntaladas de todos los drogueros, estudios de incompatibilidad de los productos almacenados, contención para eventuales derrames de productos químicos e inflamables, hojas de seguridad de los productos almacenados, separación entre productos y residuos peligros y las drogas depositadas. Art. 44 Cáp.5 Art.165 y 169 Cáp. 18 Art. 145, 148 y 149 Cáp.17 anexo I dto. 351/79 y Art. 8a y 9b ley 19587.
- Falta señalizar vías de circulación , salidas de emergencia, identificación de extintores, riesgo eléctrico, uso obligatorio de elementos de protección, identificación de cañerías, restricciones de paso y riesgos especifico de los sectores Art. 78, 79,80,81,82,83 y 84 Cáp.12 anexo I y IV dto. 351/79.
- Falta de obstruir de muebles útiles y otros elementos depositados a los pasillos de circulación Art.44 Cáp.5 y 160 Cáp.18 anexo I dto. 351/79.
- A la fecha no se acredito plan anual de capacitación ni normas de procedimientos para trabajo seguro solamente se han remitido constancias de capacitación para en periodo 2002 al 2003 de 85 personas y del año 2004 para 13 personas. No cubriendo el total del personal de la institución ni los riesgos existentes. Arts. 208, 209,211,213 Cáp.21 anexo dto. 351/79 y art.8—ley 18587.
- Faltan instrucciones y es que mas que señalen dispositivos de seguridad de calderas. Las habilitaciones del personal se halla incorporadas al tramite interno. Art. 138 Cáp.10 anexo I dto. 351/79 y Art.8—ley 19587.
- Persiste la falta parcial de iluminación de emergencia Art.76 Cáp.12 anexo I dto. 351/79.
- Persiste la falta de contención de cilindros de gases a presión (oxigeno nitrógeno, etc.) como la instalación de capuchones. La institución remitió nota a los departamentos sobre la fijación de los tubos cuya fotocopia se adjunta al tramite interno Art. 142 Cáp.16 anexo I dto. 361/79
- No se acredito documentación probatoria ni se observo la actualización en algunos de los extintores portátiles ni el incremento de unidades acorde al riesgo Art. 176, 181 Cáp.18 anexo I dto. 351/79.
- No se observa en el lugar el equipo mencionado.
- Se mantiene la falta de adecuación de cableado eléctrico (contención y doble aislamiento) Art. 95 y 96 Cáp.14 anexo I dto. 351/79.
- Falta obturar y/o proteger aberturas de plenos de aire para evitar caída de personas y garantizar al correcto funcionamiento de la ventilación y renovación de aire Art.65,67 Cáp. Art. 42y 44 Cáp.5 anexo I dto.351/79 Art.8a y 9b ley 19587.
- Falta reemplazar escalera de mano de madera. Fuera de norma en sala ventiladores. Punto 3.10 anexo II Cáp.18 dto. 351/79--------
Nota: Al marco legal indicado en cada punto se agrega la Res. MTESS Nº 295/03. Durante el recorrido efectuado se hallaban presentes los Sres.: Lic. Hugo Rueda (servicio Hig. Y Seg. Ciencias Exactas); Ing. Ana Maria Ramella (servicio Hig. y Seg. UBA); Lic. Pedro V. Rossi (servicio Hig. Y Seg. C. Exactas); Lic. Ana Svarc (subsecretaria de hábitat); Arq. Jorge Saieva (APUBA); Sr. Rafael González (comisión interna AGD UBA); Sta. Diana Rubel (comisión interna AGD UBA) y Sr. Guillermo Irrutia (asesor técnico por AGD UBA).
En referencia al punto 9 si bien existen gabinetes conteniendo elementos de contención en caso de derrames resta indicar condiciones de apertura de los mismos y/o nomina de responsables de acceso a los mismos.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
ACTA Nº 0562/1/2-563/1/2-564/1/2
ACTA DE FISCALIZACIÓN
| TERRITORIOS DE JURISDICCION NACIONAL |
| T.I. 5483/03 | LUGAR Y FECHA: C.A.B.A., 19/03/04 |
| REFERENCIAS ACTAS N 0316-0317-0318 de fecha 23/09/03 |
| EMPRESA INSPECCIONADA UBA FAC. DE CIENCIAS EXACTAS PABELLON 2 |
| ART PROVINCIA |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL ENSEÑANZA E INVESTIGACION |
| SERVICIO DE HIG. Y SEG. LIC. HUGO RUEDA | REGISTRO N NO ACREDITA |
| ATENDIDO POR LIC. HUGO RUEDA | EN SU CARÁCTER DE RESP. SERV. HIG. Y SEG. |
| PERSONAL OCUPADO ADMINISTRACION 500 | PRODUCCION 1500 | TOTAL 2000 |
| PABELLÓN DE INDUSTRIAS: CANTIDAD DE TRABAJADORES 123 |
Fiscalización: Se recorrieron las instalaciones del Pabellón de Industrias a saber: Planta Piloto y sala de calderas; tablero eléctrico central; laboratorios de microbiología, PINMATE; tecnología de Alimentos, Ingeniería química y transferencia de masa; Droguera de pasillo y deposito de planta baja; taller de mantenimiento, sala de maquinas de ascensor y terraza, donde se observo lo siguiente:
- Persiste la falta de funcionamiento del sistema de ventilación forzada del pabellón, estando los laboratorios vinculados entre si en cada nivel, a través de los cielorrasos lo que facilita la difusión de contaminantes entre laboratorios y pasillos, Art. 65 a 67, Cáp.11, anexo I, Ver Reg. 351/79 y Art.8 a y 9 c ley 19587;
- Dos certificados de análisis de contaminantes incorporados al tramite interno carecen de datos tales como tiempo de exposición, frecuencia de exposición, presión, etc, art. 61, Cáp.9 y Art. 67, Cáp.11, anexo I y III, Ver Reg. 351/79.
- se mantiene la falta de adecuación a fín de garantizar al correcto funcionamiento de las campanas y extractores de aire de los laboratorios, Art. 67 a 70, Cáp. 11, anexo I, Ver Reg. 351/79 y Art. 8a y 9c, ley 19587. Así mismo cabe destacar la instalación en el laboratorio de Microbiología 1 de un equipo con flujo laminar, el cual y a la fecha no ha sido habilitado.
- No se han acreditado en los registros de acciones la identidad de los jefes y/o lideres de piso o sectores, áreas abarcadas, procedimiento ante la evacuación, diagramas sectoriales con identificación de salidas de emergencia, lugares de encuentro del personal evacuado; Art. 145, Cáp.17 y Art.160, Cáp.18, anexo I, Ver Reg 351/79.
- Falta implementar duchas y lava ojos de seguridad de acuerdo a los riesgos de los puestos de trabajo, Art. 9i, ley 19587.
- Falta hojas de seguridad en las sustancias depositadas en las diferentes áreas del pabellón (laboratorios, etc.). Así mismo se deja constancia la erradicación del droguero del pasillo Art. 145, Cáp. 17, anexo I,-Ver Reg. 351/79;
- No se acreditan las pruebas y/o ensayos que certifiquen el buen estado de conservación , uso y mantenimiento de los recipientes sometidos a presión de caldera, pulmones de aire de compresores y autoclaves, Art. 138, 141, Cáp. 16, anexo I, Ver Reg. 351/79 y Art. 9b ley 19587.
- Falta de protección de acciones y cables de ascensor, Art., 103 a 107, Cáp. 15, anexos I Ver Reg. 351/79.
- Falta protecciones contra contactos eléctricos directos e indirectos como así también registros de mediciones de resistencia de puesta a tierra y de continuidad del circuito y masas, Art. 95 y 96 , Cáp. 14, anexo I Dec. Reg. 351/79 y puntos 3.1 y 3.3.1, anexo VI, Ver Reg. 351/79 y Art.9d ley 19587;
- Falta completar la señalización de las vías de circulación, salidas de emergencia, identificación de cañerías, restricción de acceso a sectores con riesgos y sustancias con riesgos para la salud e inflamables, Art. 78 al 84, Cáp. 12, anexos I y IV, Ver Reg. 351/79.
- No se acredita plan anual de capacitación de los trabajadores que incluyan riesgos específicos y generales como así también entrega de normas y procedimientos para trabajos seguros, Arts. 208, 209, 211 y 213, Cáp.21, anexo I, Dec. 351/79 y Art. 8 ley 19.587.
- Resta contener adecuadamente los cilindros con gases sometidos a presión y segregarlos según su compatibilidad, Art. 142 y 144, Cáp. 16, anexo I, Dec. Reg. 351/79.
- Resta actualizar las cargas de matafuegos vencidos y completar elementos faltantes en nichos de incendio, Arts. 176, 181, Cáp. 18, anexo I, Dec. Reg. 351/79.
- Resta completar la adecuación a normas de fichas, tomas y cableado eléctrico sin contención o de simple aislacion, Art. 95 y 96, Cáp. 14, anexo I, Dto. Reg. 351/79.
- Se ha implementado orden y limpieza en sala de tableros eléctricos principal y deposito de planta baja.
- Se ha implementado apertura interna de puertas de cámaras;
- No se han adaptado las medidas conducentes a limitar los riesgos provenientes (eventuales) por el funcionamiento de la caldera en el interior de la planta piloto, Art. 44, Cáp. 5, Dec. Reg. 351/79 y Art. 28 inc. h) Dec. Reg. 351/7 y Art. 8 ley 19.587;
- No se acreditan determinaciones sobre la existencia de materiales conteniendo asbestos como material de aislacion en cañerías de calderas, Art. 61, Cáp. 9, anexo I, Dec.Reg. 351/79 y Res. Conjunta M.S y M.T.E y F.R.E nº 845/00.
Acompañamos la recorrida las siguientes personas: Ing. Ana M. Ramella (servicio de Hig. Y Seg. UBA); Dr. Constantino Suarez (jefe del Depto. De Industrias- F.C.E.N); Dr. Miguel Angel Laborde (jefe Depto. Ingeniería Química- Facultad de Ingeniería- UBA); Dr. Pedro Rossi (servicio de Hig. Y Seguridad), Lic. Ana Suarez (Subsecretaria de Habitat- F.C.E.N); Arq. Jorge Saieva (A.P.U.B.A); Dr. Rafael González (Sec. Gral.- AGD UBA); Dra. Diana Rubel (Sec. De prensa – AGD UBA); Sr. Guillermo Urrutia (Asesor técnica de AGD UBA) y Dra. Susana Drewes (AGD UBA).
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
ACTA Nº 0568/1
ACTA DE FISCALIZACIÓN
| TERRITORIOS DE JURISDICCION NACIONAL |
| T.I. 5483/03 | LUGAR Y FECHA: C.A.B.A., 19/03/04 |
| REFERENCIAS ACTAS N 0323 |
| EMPRESA INSPECCIONADA UBA FAC. DE CIENCIAS EXACTAS PABELLON 2 |
| ART PROVINCIA |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL ENSEÑANZA E INVESTIGACION |
| SERVICIO DE HIG. Y SEG. LIC. HUGO RUEDA | REGISTRO N NO ACREDITA |
| ATENDIDO POR LIC. HUGO RUEDA | EN SU CARÁCTER DE RESP. SERV. HIG. Y SEG. |
| PERSONAL OCUPADO ADMINISTRACION 500 | PRODUCCION 1500 | TOTAL 2000 |
Fiscalización: Del relevamiento efectuado, se observo lo siguiente:
- No se ha acreditado la estructura del servicio de higiene y seguridad, Arts. 10, 11 12 y 13, Dec. 1332/96 y Art. 24, Dec. 491/97;
- No se ha acreditado la estructura del servicio de Medicina del trabajo, Arts. 5,6,7 y 8 , Dec. 1338/96;
- Resta acondicionar un espacio físico , adecuadamente protegido, señalizado y segregado para la acumulación centralizada de los residuos patogénicos y peligrosos, como así también redactar y poner en practica normas y procedimientos para trabajos seguros, para el manipuleo y traslación final. Arts. 145, 148, y 149, Cáp. 17, anexo I, Dec. Reg. 351/79 y Art. 8 a y d, ley 19587;
- Falta acondicionar de las instalaciones (rejillas) a fin de garantizar la imposibilidad de retroceso de gases como así también la filtración de líquidos a pisos inferiores, Art. 59, Cáp. 7, anexo I, Dec.Reg. 351/79;
- El entrevistado manifiesta que a partir del 1º de abril, la institución cambiara de ART. Afiliándose a MAPFRE, quedando pendiente la exhibición de afiches con los deberes, derechos y prohibiciones de los trabajadores, ART y empleadores, Res. SRT 062/03;
- La solicitud de habilitación de los equipos de rayos x, se encuentran adjuntados al tramite interno, resta acreditar la habilitación del personal que manipula dichos equipos, Art. 62, Cáp. 10, anexo I, Dec. 351/79;
- Se ha indicado la carga máxima en el equipo de izar (frente al laboratorio de frió y resonancia), restando la registracion del mantenimiento y la implementación de las protecciones para evitar caída al vació (exterior del edificio), Arts. 114 y 116, Cáp. 15. anexoI, Dec.Reg. 351/79;
- No se han acreditado las normas y procedimientos para trabajos seguros en terrazas y otras tareas en altura, Art. 9d ley 19587.
Nota: Puntos 1) y 2) No se acreditaron Nº de matricula habilitante de los integrantes de ambos servicios.
Nota: Con referencia al punto 3) se deja constancia de la oportuna acreditación de normas y procedimientos para el trabajo seguro en el manifiesto de residuos patogénicos.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
ACTA Nº 0565/1/2-566/1/2-567/1/2
ACTA DE FISCALIZACIÓN
| TERRITORIOS DE JURISDICCION NACIONAL |
| T.I. 5483/03 | LUGAR Y FECHA: C.A.B.A., 19/03/04 |
| REFERENCIAS ACTAS N 0321 Y 322 |
| EMPRESA INSPECCIONADA UBA FAC. DE CIENCIAS EXACTAS PABELLON 2 |
| ART PROVINCIA |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL ENSEÑANZA E INVESTIGACION |
| SERVICIO DE HIG. Y SEG. LIC. HUGO RUEDA | REGISTRO N NO ACREDITA |
| ATENDIDO POR LIC. HUGO RUEDA | EN SU CARÁCTER DE RESP. SERV. HIG. Y SEG. |
| PERSONAL OCUPADO ADMINISTRACION 500 | PRODUCCION 1500 | TOTAL 2000 |
| Pabellon 1 PERSONAL OCUPADO 240. |
Fiscalización, en la cual se deja constancia del pabellón nº1 a saber: sala de maquinas (calderas y ventilaciones) y mantenimiento, taller mecánico, laboratorio de frío, subcentral nº2, Aparejo de carga (frente a laboratorio de frío), tablero eléctrico principal, laboratorio de microscopia, Polímeros, sala de maquinas de ascensores, terraza, laboratorio de plasma. Como ampliación de la recorrida del pabellón de Industrias, se visito el laboratorio de Microbiología. Se observaron las siguientes desviaciones:
- No se acreditaron las pruebas y/o ensayos que certifiquen el buen estado de uso y conservación de calderas, pulmones de acumulación de aire comprimido y recipientes de laboratorio de frío, Arts. 138, 141, Cáp. 16, anexo I, Dec.Reg. 351/79 y Art. 9b ley 19587.
- No se han exhibido protocolos que garanticen la existencia o no de asbestos en la aislamiento de cañerías de vapor , Art. 61, Cáp.9, anexo I, Dec,Reg. 351/79 y Res. Conj.M.S. y M.T.F y R.H Nº 845/00;
- No se acreditaron certificaciones que garanticen las características físico-químicas del aceite dieléctrico y refrigerante contenido en los transformadores de tensión. Persisten las perdidas de fluido contenido en uno de los transformadores ubicados en el subsuelo (sala de maquinas) Res. M.T.S.S 369/91 y Res. Conj. M.S y M.T F y R.H. Nº 845/00,
- Persiste la falta de protección en los accionamientos mecánicos de manchones de bombas de agua, correas de ventiladores, agujereadoras, tornos y amoladora de banco, Arts. 1030,107, Cáp. 15, anexoI, Dec.Reg. 351/79;
- Se mantiene la falta de protecciones contra contactos directos e indirectos en instalaciones en general, tableros secundarios y tablero eléctrico principal (especialmente tablero de telefonía al cual se le suma la caída de agua por filtraciones del techo), como así también los registros de mediciones de puestas a tierra de las masa y su continuidad en todo el circuito eléctrico, Arts. 95 y 96 , cap. 14, anexo I y puntos 3.1 y 3.3.1, anexo VI, Dec.Reg. 351/79 y Art 9d ley 19587;
- No se han acreditado en los registros de acciones de pisos o sectores, áreas abarcadas, procedimiento entre la evacuación, lugares de encuentro. Así mismo se han observado la instalación parcial de diagramas sectoriales y la identificación de las salidas de emergencia , Art. 145, cap. 17, Art. 160, cap. 18. anexoI, Dec. Reg. 351/79.
- Resta completar la señalización en todos los sectores de trabajo, pasillos y escaleras de circulación del pabellón en lo que respecta a salidas normales y de emergencia, uso obligatorio de elementos de protección personal, ubicación de extintores, riesgos eléctricos y7o específicos de cada área o laboratorio, Arts. 78 al 84, cap.12, anexos I y III, Dec Reg. 351/79.
- Resta eliminar y desobstruir de elementos ajenos a la función del tablero eléctrico principal de planta baja, Art. 44, cap.5 y Art. 160, cap. 18, anexo I, Dec.Reg. 351/79. Cabe aclarar que las filtraciones indicadas en el punto 5) de la presente acta , hacen referencia el tablero mencionado en el presente punto.
- No se acredita plan anual de capacitación de los trabajadores que incluyan capacitaciones generales y especificas de sus tareas, como así también entrega de normas y procedimientos para trabajos seguros, Art. 208, 209, 211 y 213, cap.21, anexo I, Dec.Reg. 351/79.
- Las habilitaciones correspondientes al personal encargado de la operacion de las calderas se hallan adjuntadas al tramite interno arriba indicado, en tanto que aun faltan indicar las instrucciones y esquemas que señalen los dispositivos de seguridad y maniobra adecuadas de calderas, Art 138, cap. 16 Anexo I, Dec.Reg. 351/79 y Art. 8d ley 19587;
- Resta completar la instalación de iluminación de emergencia, Art 76, cap. 12, anexo I, Dec.Reg. 351/79;
- Se mantiene la falta de contención adecuada de los cilindros con gases sometidos a presión , ubicados en distintos sectores del pabellón, como así también retirar los que se encuentran fuera de uso, Art, 142, cap.16, anexoI, Dec.Reg. 351/79;
- Falta completar la actualización de la carga de los extintores y/o prueba hidráulica, Art.176, cap. 18 y Art. 181 (en el caso que correspondiere aumentar la dotación de los mismos) anexoI, Dec. Reg. 351/79;
- Se mantiene la falta de adecuación a normas de los cableados eléctricos no contenidos adecuadamente y sin doble aislamiento, Arts. 95 y 96, cap. 14, anexo I, Dec.Reg. 351/79;
Estuvieron presentes en la recorrida de las instalaciones las siguientes personas: Ing. Ana Ramella(Serv. Hig y Seg. -UBA); Lic. Pedro Rossi (Serv. Hig. Y Seg. – F.C.E.N.); Lic. Ana Svarc ( subsecretaria de hábitat- F.C.E.N); Sr. Rafael González; Dra. Susana Drewes y Sr. Guillermo Urrutia como representantes de AGD UBA.